Hola señores propietarios del Residencial de Montaña los Altos de Cerro Azul:
Leer y ordenar tanta información expuesta en este fórum, se hace complicado, pero vista en algún orden se puede hacer fácil. Como propietaria, basada en conocimientos sobre temas expuestos, documentos recopilados por propietarios, información disponible en las entidades reguladoras, intento ser lo más objetiva posible.
HAY TRES (3) PUNTOS BASICOS QUE CONSIDERO PERTINENTE SEPARAR Y CONOCER, PARA TENER UNA IDEA MAS CLARA Y PODER FORMARNOS UN CRITERIO PROPIO:
1. El promotor que desarrolló las 9 urbanizaciones y/o lotificaciones de este Residencial es la empresa Altos de Vistamares, S. A., del Grupo Melo, S. A., quien tiene vendido más del 96% de los lotes, por lo que los dueños somos ahora individualmente personas naturales y jurídicas, por lo que dejó de ser un proyecto.
2. Las 9 lotificaciones que forman el Residencial de Montaña los Altos de Cerro Azul, tiene cada una su propia asociación de propietarios sin fines de lucro, cuyos estatuto están en el sitio de este fórum (ver antes de Asuntos para Propietarios) y fueron creadas por el promotor entre los años 1987 y 1994, como la organización viable para ejercer los derechos de participación, decidir y aprobar lo que corresponde, contar con un ordenamiento y reglamentación para orientar el mejor manejo de la comunidad.
Estas asociaciones están inactivas y su rol lo ejerce de hecho el promotor Altos de Vistamares, S. A., motivo por el cual no se han cambiado las juntas directivas, no participamos ni ejercemos nuestros derechos de aprobar el presupuesto, contratos y todo aquello que nos compete como es el aumento del precio que pagamos por los servicios de administración, mantenimiento, vigilancia, conservación, recolección de la basura y reparación de las calles.
3. La empresa Administradora los Altos de Cerro Azul, S. A., subsidiaria de Altos de Vistamares, S. A., es quien lleva a cabo los servicios de administración y mantenimiento, por cuyos servicios pagamos.
ASPECTOS LEGALES
1. Las 9 asociaciones existentes vigentes se rigen por la Ley del Ministerio de Gobierno (MINGOB), bajo el Decreto Ejecutivo 524 del 31 0ctubre 2005 que reemplazó los anteriores (gaceta oficial 25,420 del 2 noviembre 2005).
2. La Ley 31 del 18 de junio de 2010 de propiedad horizontal (gaceta oficial 26558 del 21 junio 2010) del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT), en proceso de reglamentación, CONTEMPLA y APLICA a edificios y para urbanizaciones y/o lotificaciones.
Actualmente, aquí en la República de Panamá, la mayoría de las urbanizaciones cerradas ubicadas en diferentes sectores, el promotor en su proceso de desarrollo y organización las está incluyendo y forman parte de esta la Ley de Propiedad Horizontal. Puede visitarse la Dirección de Propiedad Horizontal del Ministerio de Vivienda (MIVIOT).
Si hay asociaciones sin fines de lucro existentes y sus asociados-propietarios quieren formar parte de la Ley 31, esta sería su decisión y tendrían que cumplir con todos los requisitos.
ORGANIZACION DEL GRUPO DE PROPIETARIOS
1. Dado que por diversos motivos las 9 asociaciones están vigentes pero inactivas, se organizó el grupo Pro Altos de Cerro Azul Residencial (PACAR), con el deseo de poder participar en las decisiones y aprobaciones que, unilateralmente por más de 20 años, ha estado ejerciendo el promotor Altos de Vistamares, S. A. Es así que se definen los propósitos del grupo.
2. Desde el inicio como un camino de dirección y guía, se obtuvo una asesoría legal pagada por los propietarios voluntarios de PACAR y se vio la opción para crear una asociación sin fines de lucro, misma que representaría a estos propietarios y a todos aquellos propietarios interesados en asociarse. Era un camino legal, fácil, rápido y sin complicaciones.
3. Sin embargo, después de considerar los pro y contra, se determinó y aprobó hacer todo en coordinación y armonía con la empresa promotora Altos de Vistamares, S. A., quien había creado las 9 asociaciones.
4. Producto de esta decisión está la constancia en este fórum de un sinnúmero de reuniones con el promotor Altos de Vistamares, S. A., acuerdos, informes y las tres (3) convocatorias a reunión general de propietarios (no han sido asambleas generales de propietarios de las asociaciones).
5. Se pidió al promotor activar las 9 asociaciones llamando a una Asamblea General de Propietarios para cambiar la Junta Directiva, pero indicaron que les era muy difícil administrar con 9 asociaciones.
6. En el proceso de consenso, se encontró que habían 2 asociaciones creadas, pero no inscritas en el Registro Público por errores simples a corregir y se les pidió su inscripción (El Torreón y El Fortín).
7. Se consideró la opción de una fusión de las 9 asociaciones en una sola, lo cual es viable solo con cumplir con lo que establece la Ley y hay propuesta al respecto.
8. Posteriormente en reunión general de propietarios debidamente convocada los asesores de Altos de Vistamares, S. A., donde expusieron que lo mejor era una nueva asociación, sometieron a votación las alternativa de una fusión o una nueva asociación, aprobando los propietarios presentes una nueva asociación y fue el camino que encausó el trabajo en los 3 últimos años.
9. Sin embargo, al estar casi en la recta final (27 de enero de 2016) todo quedó inconcluso al retirarse de la reunión de propietarios los colaboradores de Altos de Vistamares, S. A. y de la empresa Administradora los Altos de Cerro Azul, S. A.
10. Hoy, como constancia de la labor emprendida, temas tratados en este fórum, el Comité Directivo Fundacional, está planteando asuntos importantes que forman parte indudablemente de una ruta de trabajo que, de ser atendidos, serán para beneficio de la comunidad, ayudará a su crecimiento y mejoramiento de acuerdo a las aspiraciones, prioridades y visión que podamos tener.
Saludos cordiales,
Iris Quintero de Simons - El Frente No. 89 - 236-4587 6673-6750
iqsimons@gtempus.com